Bases de la promoción “DESAYUNO DE LOS CAMPEONES”

La compañía Nestlé España S.A.U. (en adelante NESTLÉ) domiciliada en Esplugues de Llobregat (Barcelona) en C/ Clara Campoamor, 2 y con NIF: A-08005449, realizará una promoción de ámbito nacional denominada “DESAYUNO DE LOS CAMPEONES”.

Esta promoción está sujeta a las siguientes:

BASES

1. OBJETO DE LA PROMOCIÓN

Incentivar la compra de cereales CHOCAPIC 375g, 625g y 900g, NESQUIK 375g y 625g, TRIX 300g y ESTRELLITAS 270g y 450g, en los formatos detallados en estas bases, ofreciendo premios a los consumidores finales que acrediten su fidelidad a la compra de los mismos.

2. PRODUCTOS PARTICIPANTES

Podrán participar aquellas personas que adquieran estuches de cereales entre el 1 de mayo y el 31 de julio de 2026 de las siguientes variedades:

  • CHOCAPIC: 375g, 625g y 900g
  • NESQUIK: 375g y 625g 
  • TRIX: 300g 
  • ESTRELLITAS: 270g y 450g

El participante deberá conservar el ticket de compra original, ya que, para poder recibir el premio, NESTLÉ podrá requerir el ticket de compra original del producto con el que hubiera resultado agraciado o, incluso, de todas sus participaciones, debiendo dicho ticket ser de fecha y hora anterior al momento de participación y coincidir con los datos registrados. En caso contrario, el participante perderá todo derecho sobre el premio que le haya correspondido.

3. ÁMBITO TEMPORAL DE LA PROMOCIÓN

El plazo de participación de la promoción se iniciará del 15 de mayo y finalizará el 31 de julio de 2026, ambos inclusive.

4. ÁMBITO TERRITORIAL

El ámbito de la promoción es todo el territorio español.

5. ÁMBITO PERSONAL

Podrán participar todas aquellas personas mayores de 18 años, que residan en España.

Quedan excluidos los empleados de NESTLÉ y personas directamente vinculadas a la organización, protocolización y gestión de la promoción. Igualmente, quedan excluidos intermediarios, revendedores, titulares o colaboradores de establecimientos donde se comercialicen los productos participantes.

6. PREMIOS

Se adjudicarán los siguientes premios mediante mecánica de “momento ganador”:

  • 11 futbolines marca Softee (Referencia A000310, de 119 cm x 61.2 cm x 78 cm)
  • 70 toallas de playa de microfibra
  • 54 neveras Polarbox cooler Oliva gold 20L

Los premios no podrán canjearse por su valor en metálico ni por otro distinto, ni ser cedidos. Nestlé se reserva el derecho de sustituir un premio por otro análogo de igual o superior valor en caso de fuerza mayor.

NESTLÉ no se responsabiliza del uso que los ganadores realicen del premio.

La promoción está limitada a un (1) premio por persona.

7. DIFUSIÓN DE LA PROMOCIÓN

La promoción se difundirá a través de:

  • Web oficial: www.nestle-cereals.com/es/desayunocampeones
  •  Packaging 
  • Materiales en punto de venta 
  • Redes sociales y canales digitales de NESTLÉ

8. MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN

La participación se llevará a cabo en la página web:

La participación se llevará a cabo en la página web: www.nestle-cereals.com/es/promociones/desayunocampeones. Para poder participar el consumidor deberá comprar un estuche de cereales CHOCAPIC, NESQUIK, TRIX o ESTRELLITAS, de los indicados en el apartado 2, y conservar el ticket.

Los participantes deberán introducir en la página web la siguiente información:

  • Los datos personales de contacto requeridos (nombre, apellidos, e-mail y teléfono). El participante deberá proporcionar a Nestlé, al participar en la promoción, datos de contacto veraces, actualizados y funcionales. 
  • Subir una imagen del ticket de compra.

Para que el ticket sea válido, deberá cumplir las siguientes condiciones:

  • La fecha de compra del ticket deberá estar comprendida entre el 1 de mayo y el 31 de julio de 2026. No obstante, la participación en la promoción únicamente podrá realizarse a partir del 15 de mayo.
  • La imagen del ticket de compra deberá ser totalmente legible, siendo totalmente identificables los datos relativos al número de ticket, el establecimiento, la fecha y hora de emisión, así como el producto adquirido. 
  • El ticket no debe haber sido utilizado previamente. Cada ticket podrá utilizarse sólo una vez en esta promoción.
  • Cada ticket de compra podrá ser utilizado por un único participante y solo permitirá una participación en la promoción independientemente del número de estuches adquiridos, siendo el mínimo para participar de uno (1). Los tickets que ya hayan sido introducidos anteriormente no serán válidos.

Una vez haya proporcionado la información solicitada, el sistema comprobará si su participación coincide con un "momento ganador".

Al instante, mediante un mensaje en pantalla, el consumidor sabrá si ha resultado premiado o no. En el caso de resultar ganador del premio otorgado por el momento ganador, durante los siguientes 15 días, NESTLÉ contactará con el consumidor para validar que cumple los requisitos de la promoción, solicitándole confirmación de la información facilitada en el registro. Asimismo, Nestlé podrá requerirle el ticket de compra original del producto adquirido con el que resultó premiado. Deberá distinguirse con claridad el establecimiento, la fecha y hora, así como el producto promocional adquirido y registrado.

Una vez validada la participación, se tramitará el envío del premio del momento ganador. Si no fuera validada, NESTLÉ contactará con el ganador para indicar la incidencia. En el caso de que NESTLÉ no recibiera la información solicitada en el plazo indicado, se considerará que el premiado renuncia al premio y NESTLÉ procederá a contactar con el reserva correspondiente.

Nestlé se reserva el derecho a requerir información adicional, ya se acreditativa de la identidad del participante ya sea para realizar las comprobaciones que crea necesarias en cada caso para verificar y validar su participación.

9. ASIGNACIÓN DE PREMIOS

Los premios se adjudicarán mediante la mecánica de "momento ganador", habiendo un mínimo de 1 momento ganador al día.

La mecánica de “momento ganador” consiste en establecer un mes, día, hora, minuto y segundo concreto de todos los posibles durante el periodo de la promoción e introducirlos en el servidor automático. Se definirán momentos ganadores diarios como tantos premios se otorguen en la promoción (11 futbolines, 70 toallas de playa, y 54 neveras Polarbox).

Cada participación vía registro en la web será capturada por el servidor con un mes, día, hora, minuto y segundo concretos, por lo que el programa informático comprobará si esa participación ha coincidido con alguno de los “momentos ganadores” protocolizados ante notario.

En caso de que ninguna participación coincida con un momento ganador, éste quedará abierto hasta que entre la siguiente participación válida en la web. En el supuesto de que no entren más participaciones, el premio quedará desierto y a disposición de NESTLÉ.

Los “momentos ganadores” establecidos para la presente promoción estarán especificados en el acta protocolizada ante el Notario de Barcelona, en un acta correlativa a la actual.

NESTLÉ se pondrá en contacto con los participantes que resulten ganadores en un plazo máximo de cinco (5) días naturales desde el momento en que se registre su condición de ganadores, utilizando el medio de contacto facilitado (preferiblemente dirección email) por cada participante en la promoción.

Una vez realizada dicha comunicación, el ganador dispondrá de un plazo de 15 días naturales para responder y proporcionar los datos necesarios para la entrega del premio, incluyendo, entre otros, nombre completo, dirección postal y cualquier otra información imprescindible para la gestión del envío.

En el supuesto de que un ganador renuncie al premio, no sea localizable por causas ajenas a NESTLÉ o no cumpla con alguna de las condiciones indicadas en las presentes bases, dicho premio se asignará al reserva, que corresponderá a la participación inmediatamente posterior registrada.

NESTLÉ se reserva el derecho de que los premios queden desiertos si los participantes agraciados o sus reservas no cumplen los requisitos citados en estas bases o renuncian a los mismos.

NESTLÉ declina cualquier responsabilidad por fallos técnicos o de disponibilidad de la página web que puedan afectar a la participación.

El horario de participación es de 24 horas ininterrumpidas, de lunes a domingo, durante todo el periodo de la promoción.

10. LIMITACIONES DE LA PROMOCIÓN

Todo participante o agraciado en la promoción tendrá un plazo máximo para reclamar su premio, en caso de no haberlo recibido, de dos meses desde la finalización de la promoción, pasado dicho plazo perderá todo derecho de reclamación.

11. CAUSAS DE DESCALIFICACIÓN

La presente promoción pretende que la competición entre los distintos participantes se haga con igualdad de oportunidades y con estricto respeto a las normas de la buena fe. Por ese motivo, NESTLÉ excluirá automática e inmediatamente de la misma a cualquier participante que transgreda las normas de la buena fe, observe una conducta mendaz, inadecuada, falaz o impropia, emplee medios desproporcionados, fraudulentos o abusivos, o incumpla estas bases en cualquiera de sus extremos.

En cualquier caso, con carácter enunciativo, pero no limitativo, y en aquello que resulte de aplicación, se excluirá a cualquier participante de la promoción en los siguientes casos:

  1. Introducción de un código de barras o un código promocional inexistente, falso o alterado.
  2. Introducción de los datos relativos a un ticket de compra inexistente, falso o alterado, o ya utilizado en una participación anterior.
  3. Falta de correlación entre los códigos promocionales o de producto y los tickets de compra que justifican su adquisición. 
  4. No disponer, o no entregar a NESTLÉ los tickets de compra originales con los que se haya participado y que justifiquen haber resultado agraciado con cualquiera de los premios entregados en la presente promoción. 
  5. Facilitar datos o documentos sospechosos, inconsistentes, inciertos, falseados, ambiguos, confusos, no verificables, de difícil o imposible comprobación y/o trazabilidad, que correspondan a depósitos o entidades situadas fuera del territorio nacional o no rastreables, incongruentes, controvertibles, o que pudieran relacionarse con actividades ilícitas, secretas, subversivas o de dudosa ética o moralidad, cuestionables u oscuras, o información cuya autenticidad, validez, legitimidad, eficacia o procedencia ofrezca dudas razonables que no sean resueltas en tiempo y forma 
  6. Empleo de vías, sistemas o dispositivos para alterar el sistema de votaciones, como la compra de votos, o la introducción automatizada de datos o códigos. La mera sospecha de que un participante está utilizando cualquier sistema automatizado para la introducción masiva o repetitiva de los datos o códigos necesarios para participar en la promoción, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo. 
  7. Introducción de datos personales inexactos, erróneos, no coincidentes o falsos. La constatación de que un participante ha introducido datos personales inexactos, alterados o falsos, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones en la promoción, y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo. 
  8. De igual modo, cualquier anomalía atribuible a un participante que impida, altere o perturbe el normal desarrollo de la promoción, que afecte o perjudique a cualquier otro participante, que pueda falsear los datos de participación, comprometa la seguridad o la fiabilidad de los sistemas técnicos utilizados para su desarrollo, o que contravenga, de algún otro modo las presentes bases, dará derecho a NESTLÉ a excluir unilateral e inmediatamente a dicho participante y a dar cuenta de los hechos a las autoridades competentes.

En caso de que las irregularidades se detecten con posterioridad a la entrega efectiva de alguno de los premios, NESTLÉ se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales pertinentes contra su autor o responsable, entre otras, las tendentes a la devolución de los premios.

12. FISCALIDAD

A los premios de la presente promoción, les serán de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 2004/2009, por el que se modifica su Reglamento; Real Decreto nº 1003/2014, de 5 de diciembre y novedades tributarias introducidas por el Real Decreto 633/2015, de 10 de Julio; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 27 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y el artículo 48, apartado 6, y apartado 7, número 12 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo de Regulación del Juego; Orden EHA/388/2010 de 19 de febrero, por el que se aprueba la tasa sobre apuestas y combinaciones aleatorias, autoliquidación, se determina el lugar y forma de presentación y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación telemática y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad mercantil NESTLÉ ESPAÑA, S.A. la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).

De conformidad con la citada normativa, se informa a los participantes en la presente promoción de que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio sea superior a 300 Euros.

En relación con lo anterior y en cumplimiento de la vigente normativa fiscal, NESTLÉ ESPAÑA, S.A. practicará la correspondiente retención e ingreso a cuenta sobre el premio entregado y, en su momento, expedirá la oportuna certificación que facilite al participante el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener que incorporar en su declaración de IRPF el rendimiento consistente en el premio recibido, junto con el resto de las rentas que perciba, y de cuya cuota total se podrá deducir como ya ingresada la cantidad que conste en la mencionada certificación de ingreso a cuenta.

El participante ganador deberá confirmar el día de la entrega del premio sus datos personales, así como mostrar su DNI o Tarjeta de Residente. Con el fin de que puedan ser efectuadas las retenciones mencionadas en el punto anterior, el ganador deberá firmar en todo caso un escrito justificativo de la recepción del premio, al recibir el mismo y entregar fotocopia de su DNI. En caso contrario, perdería su derecho a la recepción del premio.

La cumplimentación de los datos personales y fiscales de los ganadores, necesarios para la entrega de los premios, tiene carácter obligatorio, de forma que la ausencia de cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al premio obtenido.

13. TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

Los participantes en la promoción consienten inequívocamente que, en caso de resultar ganadores, sus datos personales (nombre y apellidos) puedan ser comunicados a terceros mediante su difusión a través de los medios que NESTLE estime más convenientes.

Los datos de carácter personal que faciliten los participantes en esta promoción serán tratados dando estricto cumplimiento a lo establecido en el Reglamento (UE) 2019/679, de 27 de abril de 2016, general de protección de datos (“RGPD”) así como a la legislación nacional aplicable en el momento de la promoción.

Dichos datos personales serán tratados únicamente para gestionar la promoción y, en particular, para entregarles el premio, basándonos en su consentimiento al participar en la promoción. Una vez entregado el premio, eliminaremos sus datos de nuestros sistemas. El responsable de dichos datos es Nestlé España, S.A.U., pudiendo dar acceso a los encargados de tratamiento de esta promoción y, si fuese necesario, a autoridades públicas.

14. ACEPTACIÓN DE LAS BASES

La participación en la promoción implica la aceptación total de las presentes bases.