NESTLE ESPAÑA S.A.U., (en adelante Nestlé), domiciliada en Esplugues de Llobregat (Barcelona), Calle Clara Campoamor, nº 2, y con N.I.F. A-08005449, realizará una promoción de ámbito nacional que se regirá por las siguientes
BASES
Primera: Objeto de la promoción. - Incentivar la compra de los cereales de NESTLÉ indicados en el apartado Quinto entre los consumidores finales que acrediten su fidelidad a la compra de estos.
Segunda: Duración de la promoción. - El periodo promocional empezará el 1 de septiembre de 2023 y finalizará el 15 de octubre de 2023, inclusive. Solo serán válidos los tickets de compra comprendidos entre dichas fechas.
Tercera: Ámbito geográfico. - La promoción será de ámbito nacional.
Cuarta: Ámbito personal. - Tendrán derecho a participar todas aquellas personas mayores de edad, con residencia en España, que cumplan los requisitos de las siguientes bases. Quedan excluidos de esta promoción los empleados de Nestlé España S.A. así como las personas directamente vinculadas con la organización, protocolización y gestión de la promoción y, en general, las personas jurídicas.
Quinta: Productos participantes. - Podrán participar en la promoción los consumidores finales que adquieran alguno de los estuches de cereales amparados bajo las marcas CHOCAPIC, NESQUIK y ESTRELLITAS comercializados en España por Nestlé identificados con la promoción.
Los productos de cereales en barritas no se incluyen en esta promoción.
Para participar es necesario el ticket de compra.
Sexta: Requisitos para participar. - Podrán participar en la promoción todas aquellas personas que, del 1 de septiembre al 15 de octubre de 2023 (ambos inclusive), adquieran, alguno de los estuches de cereales de las marcas CHOCAPIC, NESQUIK o ESTRELLITAS mencionados con anterioridad.
Séptima: Premios. – Se adjudicarán, mediante momento ganador, 150 premios compuestos por:
- 1 tarjeta de regalo “Money to Pay” por un valor de 100€.
La tarjeta “Money to Pay” es una tarjeta bancaria que puede utilizarse en cualquier punto de venta, ya sea físico u online, para compras con un valor igual o menor a 100€, la suma de las compras no podrá superar los 100€.
El ganador recibirá la tarjeta en su domicilio, y se le facilitará unos datos de contacto para activar la recarga de la tarjeta que haya recibido. En ese momento se le pedirá al ganador información personal, la cual será: Nombre, Apellidos, DNI y número de la tarjeta que ha recibido. El plazo para poder realizar la recarga es hasta el 31/12/2023.
La tarjeta tiene fecha de caducidad, dicha fecha esta impresa e indicada en la propia tarjeta, en caso de que la tarjeta caducara y no se hubiera gastado el volumen total de la tarjeta, el interesado deberá contactar al equipo de atención al cliente de “MoneyToPay” a través del e-mail: info@moneytopay.com.
- 1 juego Monopoly Junior
NESTLÉ no se responsabiliza por el uso del premio que el agraciado pueda realizar.
En ningún caso se podrá canjear el premio por su valor en metálico, ni por otro premio distinto, ni éste podrá ser cedido a terceras personas a petición del ganador.
El ganador tiene derecho a renunciar al premio, que no será canjeable por otro distinto. En ese caso Nestlé contactará con la reserva correspondiente.
Nestlé se reserva el derecho a sustituir cualquiera de los premios por otro análogo de mismo o superior valor en caso de fuerza mayor.
La promoción está limitada a un premio por persona; por lo tanto, las personas que hubiesen sido adjudicatarias de un premio por momento ganador no podrán resultar premiadas con otro.
Octava: Mecánica de la promoción. – Para poder participar el consumidor deberá comprar, uno de los productos CHOCAPIC, NESQUIK o ESTRELLITAS indicados anteriormente y conservar el ticket de compra.
Los interesados deberán acceder a la web de la promoción https://www.nestle-cereals.com/es/monopoly.
Una vez en la página, el participante deberá introducir el código promocional que habrá encontrado en la parte posterior del estuche de cereales, identificado con la promoción, de la marcas citadas. El participante también se tendrá que registrar cumplimentando el formulario de registro con sus datos personales y datos del ticket de compra (fecha del ticket y establecimiento de compra).
El participante deberá proporcionar a Nestlé, al participar en la promoción, datos de contacto veraces, actualizados y funcionales. Dichos datos serán utilizados para hacer llegar a dicho participante toda comunicación que fuera necesario comunicar en relación con la promoción, incluyendo –en su caso- la designación de dicho participante como ganador. La no recepción por parte del ganador de los mensajes dirigidos a su medio de contacto elegido sea cual fuera la causa, eximirá a Nestlé de cualquier responsabilidad al respecto, no teniendo ésta ninguna obligación de utilizar medios de notificación alternativos. Esto es: Nestlé cumplirá con su obligación de buena fe enviando todas las comunicaciones al medio de contacto elegido por el participante, y éste se compromete a verificar el correcto funcionamiento de este (incluyendo la comprobación periódica de la bandeja de “correo basura”, en su caso). La falsedad o la falta de alguno de los datos obligatorios podrán motivar la exclusión de dicho participante de la promoción.
Asimismo, deberá introducir la imagen del comprobante de compra (ticket de caja).
Cada usuario podrá redimir tantos tickets de compra como disponga.
Para que el ticket sea válido, deberá cumplir las siguientes condiciones:
- La fecha de compra del ticket deberá estar dentro del periodo promocional anteriormente indicado.
- La imagen del ticket de compra deberá ser totalmente legible, siendo totalmente identificables los datos relativos al número de ticket, establecimiento y fecha de emisión, importe total de la compra, así como el producto adquirido.
- El ticket no debe haber sido utilizado previamente. Cada ticket podrá utilizarse sólo una vez en esta promoción.
- Cada ticket o factura de compra podrá ser utilizado por un único participante y solo permitirá una participación en la promoción independientemente del número de productos CHOCAPIC, NESQUIK o ESTRELLITAS adquiridos, siendo el mínimo para participar de uno (1). Los tickets que ya hayan sido introducidos anteriormente no serán válidos.
- El participante deberá conservar el ticket de compra original con el que haya participado ya que, para poder recibir el premio, Nestlé podrá requerir el ticket de compra del producto con el que hubiera resultado agraciado, debiendo dicho ticket ser anterior, en fecha y hora, al momento de participación y coincidir con los datos registrados. En caso contrario el participante perderá todo derecho sobre el premio que le haya correspondido.
Una vez realizados los pasos indicados, el sistema comprobará si su participación coincide con un "momento ganador".
El participante sabrá al instante, mediante un mensaje en pantalla, si ha resultado premiado o no.
En la medida en que la revisión del cumplimiento de todos los requisitos de participación no puede efectuarse de forma instantánea, Nestlé, en un plazo máximo de 15 días laborables, comprobará si la participación cumple con los requisitos establecidos en las presentes bases. Si dicha participación es válida, Nestlé enviará un e-mail al ganador del premio confirmándole la obtención del premio. En el caso de que la participación no fuera válida o se detectara que el ganador ya ha resultado premiado anteriormente con un premio, también se informará al participante mediante un e-mail de la incidencia o de la imposibilidad de entregarle el premio.
Nestlé declina cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad, de continuidad del funcionamiento y/o fallos en el acceso a las distintas páginas y envíos de respuestas de participación a través de Internet.
Nestlé se reserva el derecho a modificar en cualquier momento las condiciones de la presente acción promocional, incluso su posible anulación antes del plazo prefijado, siempre que concurra causa justificada o supuesto de fuerza mayor, comprometiéndose a comunicar las nuevas bases, condiciones de la acción promocional o la anulación definitiva.
Novena: Determinación de los ganadores.
Los premios se asignarán mediante la mecánica del “Momento Ganador”. Previamente al inicio de la promoción, se habrá determinado por un software informático los 150 momentos ganadores.
Cada participación será capturada por el servidor automático en un mes, día, hora, minuto y segundo concretos, por lo que el programa informático comprobará si la participación ha coincidido con alguno de los “Momentos Ganadores” depositados ante Notario. En caso de no coincidir ninguna participación con un “Momento Ganador”, éste quedará abierto hasta que entre la siguiente participación.
Los “Momentos Ganadores” establecidos para los premios están especificados en el acta protocolizada ante el mismo notario de Barcelona, en un acta correlativa a la actual.
En el caso que no pueda entregarse el premio al usuario por incumplimiento de los requerimientos, no se pudiera contactar con éste dentro de los siguientes 7 días del primer intento de comunicación, o bien renunciará al mismo, el premio se asignará al reserva. La reserva corresponderá a la posición inmediatamente posterior a la ganadora. La reserva tendrá que cumplir con los requisitos citados en estas bases.
Solo habrá un premiado en cada momento ganador, por lo que, en el caso remoto de coincidir más de una participación en un mismo momento, sin perjuicio de la notificación que dichos participantes puedan recibir, el ganador será aquel que haya quedado primero registrado en el CMS (Sistema de Gestión de Contenidos) de la web. Realizada la verificación, se comunicará oportunamente a dichos participantes.
Nestlé se reserva el derecho de que cualquiera de los premios quede desierto, en el caso que los participantes agraciados o los reservas no cumplan los requisitos citados en estas bases o renuncien a los mismos.
Décima: Difusión de la promoción. - La promoción se difundirá en materiales punto de venta, en la web de la promoción y mediante el envío de Newsletter. Nestlé se reserva el derecho de utilizar otros medios de comunicación que pudieran inicialmente no estar previstos.
Décimo primera: Tratamiento de datos personales. Los participantes en la promoción consienten inequívocamente que, en caso de resultar ganadores, sus datos personales (nombre y apellidos) puedan ser comunicados a terceros mediante su difusión a través de los medios que NESTLE estime más convenientes.
Los datos de carácter personal que faciliten los participantes en esta promoción serán tratados dando estricto cumplimiento a lo establecido en el Reglamento (UE) 2019/679, de 27 de abril de 2016, general de protección de datos (“RGPD”) así como a la legislación nacional aplicable en el momento de la promoción.
En el momento de proceder a la recogida de los datos a través del formulario, se informará a los participantes de forma clara, precisa, suficiente y detallada acerca del almacenamiento temporal de sus datos en un fichero temporal y/o su incorporación a una base de datos permanente titularidad de Nestlé, de las finalidades para las que podrán ser destinados dichos datos (i.e. publicidad dirigida y marketing directo, compartir su información con buscadores en Internet o proveedores de redes sociales, mostrarle comunicaciones comerciales en sitios web, conocer sus actividades y opiniones y hacerle llegar ofertas y promociones basadas en su ubicación geográfica precisa, etc.), así como de los derechos que tienen los participantes sobre sus datos personales y los mecanismos para ejercerlos.
Todos aquellos interesados cuyos datos personales sean objeto de tratamiento, podrán ejercitar gratuitamente los derechos de acceso, rectificación, cancelación, portabilidad, limitación y oposición al tratamiento o revocación del consentimiento, en su caso, dirigiéndose a Nestlé España, S.A. Apartado de Correos 1404, 08080 Barcelona, o a través de nuestro correo electrónico protecciondedatos@nestle.es.
Décimo segunda: Fiscalidad. A los premios de la presente promoción, les será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 27 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y el artículo 48, apartado 6, y apartado 7, número 12 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo de Regulación del Juego y el procedimiento para su presentación telemática y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad mercantil Nestlé la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).
De conformidad con la citada normativa, se informa a los participantes en la presente promoción de que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio (incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido) sea superior a 300 Euros.
En relación con lo anterior y en cumplimiento de la vigente normativa fiscal, Nestlé practicará la correspondiente retención e ingreso a cuenta sobre el premio entregado y, en su momento, expedirá la oportuna certificación que facilite al participante el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener que incorporar en su declaración de IRPF el rendimiento consistente en el premio recibido, junto con el resto de las rentas que perciba, y de cuya cuota total se podrá deducir como ya ingresada la cantidad que conste en la mencionada certificación de ingreso a cuenta.
El participante ganador deberá confirmar el día de la entrega del premio sus datos personales, así como mostrar su DNI o Tarjeta de Residente. Con el fin de que puedan ser efectuadas las retenciones mencionadas en el punto anterior, el ganador deberá firmar en todo caso un escrito justificativo de la recepción del premio, al recibir el mismo y entregar fotocopia de su DNI. En caso contrario, perdería su derecho a la recepción del premio.
La cumplimentación de los datos personales y fiscales de los ganadores necesarios para la entrega de los premios tiene carácter obligatorio, de forma que la ausencia de cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al premio obtenido.
Décimo tercera: Causas de descalificación de un participante de la promoción. Esta promoción se organiza con la pretensión de incentivar y fomentar la participación de todos los consumidores, premiando la fidelidad en condiciones de igualdad y con estricto respeto al principio general de la Buena Fe. Por ese motivo, Nestlé excluirá automática e inmediatamente de la misma a cualquier participante que transgreda las normas de la buena fe, observe una conducta mendaz o inadecuada, emplee medios fraudulentos o incumpla estas bases en cualquiera de sus extremos.
En cualquier caso, con carácter enunciativo, pero no limitativo, y en aquello que resulte de aplicación, se excluirá a cualquier participante de la promoción en los siguientes casos:
- Introducción de un código de barras (EAN) o un código promocional inexistente, falso o alterado o ya utilizado en una participación anterior.
- Introducción de los datos relativos a un ticket de compra inexistente, falso o alterado, o ya utilizado en una participación anterior.
- Falta de correlación entre los códigos promocionales o de producto y los tickets de compra que justifican su adquisición. PROVA
- No disponer, o no entregar a Nestlé el o los códigos de barras o promocionales originales o el ticket o los tickets de compra, también originales, con los que se haya participado y que justifiquen haber resultado agraciado con cualquiera de los premios entregados en la presente promoción.
- Facilitar datos o documentos sospechosos, inconsistentes, inciertos, falseados, ambiguos, confusos, no verificables, de difícil o imposible comprobación y/o trazabilidad, que correspondan a depósitos o entidades situadas fuera del territorio nacional o no rastreables, incongruentes, controvertibles, o que pudieran relacionarse con actividades ilícitas, secretas, subversivas o de dudosa ética o moralidad, cuestionables u oscuras, o información cuya autenticidad, validez, legitimidad, eficacia o procedencia ofrezca dudas razonables que no sean resueltas en tiempo y forma.
- Empleo de vías, sistemas o dispositivos para alterar el sistema de votaciones, como la compra de votos, o la introducción automatizada de datos o códigos. La mera sospecha de que un participante está utilizando cualquier sistema automatizado para la introducción masiva o repetitiva de los datos o códigos necesarios para participar en la promoción, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo.
- Introducción de datos personales inexactos, erróneos, no coincidentes o falsos. La constatación de que un participante ha introducido datos personales inexactos, alterados o falsos, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones en la promoción, y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo.
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De igual modo, cualquier anomalía atribuible a un participante que impida, altere o perturbe el normal desarrollo de la promoción, que afecte o perjudique a cualquier otro participante, que pueda falsear los datos de participación, comprometa la seguridad o la fiabilidad de los sistemas técnicos utilizados para su desarrollo, o que contravenga, de algún otro modo las presentes bases, dará derecho a Nestlé a excluir unilateral e inmediatamente a dicho participante y a dar cuenta de los hechos a las autoridades competentes.
En caso de que las irregularidades, o cualesquiera otras, se detecten con posterioridad a la entrega efectiva de alguno de los premios, Nestlé se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales pertinentes contra su autor o responsable, entre otras, las tendentes a la devolución de los premios.
Décimo cuarta: aceptación de las bases. - La participación en la promoción implica la aceptación de las presentes bases por los interesados.